Septiembre 2017 – APEDE: Funesto precedente dejará la AN al violar la autonomía de la ACP y también hace llamado a Corte Suprema de Justicia por casos de alto perfil.

En el marco de la reunión mensual de APEDE, esta organización empresarial hizo un llamado enérgico a la Asamblea Nacional y le solicitó que cumplan con su función, respetando el Artículo 320 de la Constitución Política, el cual protege la autonomía del Canal de Panamá, a la vez que reiteró que la “Constitución Política es clara”.

“Aprobar un presupuesto para el Canal de Panamá, distinto al presentado por su Junta Directiva y aprobado por el Consejo de Gabinete, crea un FUNESTO PRECEDENTE para nuestra maltrecha institucionalidad”, enfatizó Héctor Cotes, presidente de APEDE.

Cotes también destacó que como Canalero, donde creció personal y profesionalmente, se siente sumamente preocupado, porque jamás apoyará algo que ponga en peligro las operaciones del Canal de Panamá, por lo que reiteró su total respaldo a la administración del Canal de Panamá para que mantenga su operación de manera eficiente, segura y rentable.

Asimismo, el gremio también se refirió al tema del sistema de justicia y a la corrupción que ha hecho estragos en el erario, en la confianza que tienen los panameños en sus instituciones y en los sueños y oportunidades de cientos de miles de nuestros compatriotas más vulnerables.

En este sentido APEDE manifestó que comparte el descontento y la frustración de la ciudadanía ante la persistencia de este flagelo y exige que los desfalcos, sobornos y abusos de poder que hayan realizado funcionarios públicos – sea cual sea la administración en la que ello haya ocurrido – sean castigados con penas severas que reflejen un punto de inflexión en lo que respecta a la tolerancia y consecuencias de actos de corrupción.

Sin embargo, por esas mismas razones, APEDE no puede desatender el Derecho Humano que postula que todos somos – y debemos ser – iguales ante la ley.  Es por ello que no podrán apoyar ni propiciar situaciones que – so pretexto de “hacer justicia” – terminen convirtiéndose en búsquedas de chivos expiatorios o, aún peor, ejercicios de abuso de autoridad por quienes están llamados a cumplir y hacer cumplir la ley.  Los estados de derecho modernos – al igual que el ordenamiento constitucional y legal – reconocen el principio de la presunción de inocencia.

Las normas procesales establecen plazos y términos claros a los cuales se debe apegar de manera estricta cualquier funcionario público encargado de investigar, procesar y/o enjuiciar a un imputado.

Para Cotes expresó que “es imperativo también dirigir un llamado de atención a la Corte Suprema de Justicia. Flaco favor hace a su nombre y a su credibilidad si insiste en producir, frente a casos similares, resultados diametralmente opuestos. Esto aunado a las notorias y reiteradas sentencias de cuestionable sustento jurídico, manejo y/o transparencia que ha emitido la Corte en lustros recientes, no es sorpresa que la confianza ciudadana en dicha corporación de justicia sea casi inexistente, por ello, los cuestionamientos en los fallos emitidos recientemente”.

Reiteró además que el Ministerio Público, la Corte Suprema de Justicia o cualquier otro estamento del Estado podrán contar con el apoyo de APEDE siempre y cuando adelanten sus gestiones en estricto apego a la normativa legal, respetando el debido proceso y la presunción de inocencia, pues este es el primer y principal paso hacia consolidar una democracia con instituciones fuertes e independientes, donde la seguridad jurídica prevalezca, y la corrupción no sea la regla general.

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